Usar la bici durante el COVID, dudas, seguros y sanciones.

Ciclista denunciado

Usar la bici durante el COVID: dudas, seguros y sanciones.

Durante los primeros días de la declaración del estado de alarma a través de RD 463/2020, que coincidió con un domingo, los medios de comunicación empezaron a trasladar un mensaje inexacto: “La bicicleta, para los medios de comunicación, pasó a ser un vehículo no autorizado en la vía pública, y por lo tanto, su uso implicaba una sanción de 100€ a 600€.”

Real Decreto 463/2020 Estado de Alarma.

Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.

1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
3. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
4. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
Cuando las medidas a las que se refieren los párrafos anteriores se adopten de oficio se informará previamente a las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.

Como se puede observar, no hay ninguna mención a ningún tipo de vehículo. El RD 463/2020 limitó de facto toda la movilidad, sin importar el medio o vehículo. No se prohibió ir a pié, no se prohibió ir en coche, en moto, en autobús, en tren y mucho menos ir en bicicleta sino que se prohibió salir de casa excepto para ir al médico, a las tareas esenciales y al puesto de trabajo.

Por ello, puedes usar la bicicleta para esos desplazamientos esenciales, puedes ir a hacer la compra con tu bicicleta, puedes ir a tu puesto de trabajo en bicicleta, puedes ir a ayudar a una persona dependiente o por fuerza mayor. La bici es un vehículo saludable, no contaminante y legal durante el estado de alarma, igual que los otros 365 días del año.

Seguros Federativos frente al Seguro de Ruedas Redondas.

Lo primero que hicieron las respectivas federaciones de ciclismo fue liberar de responsabilidad a sus aseguradoras, dejando en un peligroso limbo a sus federados que van al  trabajo o realizan tareas esenciales en una bicicleta porque les ha quitado la cobertura de Responsabilidad Civil y extienden la idea de que la bicicleta es un juguete para hacer deporte. 

La bicicleta no es un juguete, es un vehículo para la movilidad de las personas. Ruedas Redondas.

El seguro de Ruedas Redondas sigue plenamente vigente, no ha dejado tirado a ninguno de sus socios, a diferencia de las entidades deportivas, seguís totalmente cubiertos en vuestra Responsabilidad Civil en vuestros desplazamientos autorizados. Y la asesoría legal a los socios de Ruedas Redondas sigue activa, por lo que si algún agente os sanciona por incumplir el Estado de Alarma mientras realizáis un desplazamiento permitido, Ruedas Redondas os va a ayudar con las alegaciones y en todo el proceso administrativo.

Pero, estas coberturas de Ruedas Redondas son sólo para las actividades permitidas durante el estado de alarma, queremos llamar a la responsabilidad de todas las personas y particularmente de nuestros socios, la lucha contra el Covid-19 requiere que cumplamos con un confinamiento y no debemos usar los preceptos del estado de alarma y la cobertura legal de Ruedas Redondas para realizar actividades no permitidas. Este virus lo derrotamos juntos.

El ministerio de Sanidad está recomendando ir en bici al trabajo, aquí tenéis las declaraciones del ministro y la guía de las formas de desplazamiento.

Solicitud a las Administraciones por parte de Ruedas Redondas.

Vamos a enviar a las diferentes administraciones una petición para que, los agentes de la autoridad, no  criminalicen y sobrecontrolen a las personas que hacen uso de la bicicleta como medio de transporte. En las últimas semanas se han dado casos bastante desafortunados y no es de recibo que se esté censurando el uso de la bicicleta en los supuestos autorizados… mucho menos amenazar con sanciones arbitrarias y contrarias a la ley porque interpreten que la bicicleta es un juguete deportivo.

Carta Ruedas Redondas Responsables Seguridad Ciudadana

 

Usa la bici, asóciate a Ruedas Redondas.

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